Senador y abogado rebaten a fiscal su opinión sobre presos

El Mercurio de Valparaíso, 11 de julio 2021

POLÉMICA. Autor del proyecto de ley de indulto a los presos del estallido menciona “errores” y defensor de un imputado fustiga calificativo de “delincuentes” .

La columna de opinión de la fiscal regional, Claudia Perivancich, publicada ayer en este Diario, en la que critica el proyecto de ley de indulto general a los presos del estallido social, poniendo en duda que sean presos políticos, llamando a no confundir a “detenidos por sus ideas” con “delincuentes que incendian y saquean”, e indicando que entre los eventuales cinco beneficiados de la Región de Valparaíso estarían el chileno-estadounidense John Cobin, que disparó a manifestantes en Reñaca, y los imputados por quemar el municipio de Quilpué, fue respondida por el senador Juan Ignacio Latorre (RD), autor del proyecto, y por el abogado Juan Carlos Manríquez, defensor de uno de los detenidos por el citado siniestro.


Latorre sostuvo que en las palabras de la fiscal regional “hay algunos errores: primero, sobre el ciudadano chileno-estadounidense, nosotros dejamos expresamente fuera del proyecto de ley el ataque con armas de fuego en contexto de movilizaciones. Lo que sí, John Cobin está condenado por varios delitos, entre ellos homicidio frustrado, y ahí él recibiría una rebaja en su condena”.

“Segundo: el proyecto de ley tampoco habla de prisión política o de presos políticos, eso es una discusión abierta en la sociedad, en que uno podrá tener distintas opiniones, pero el foco del proyecto de ley es la libertad de los presos del estallido, no es demostrar si hay o no hay presos políticos”, agregó el legislador.

Contraste
Asimismo, puntualizó que “lo otro que me parece que no menciona la fiscal es el contraste con las violaciones a los derechos humanos. Sólo el INDH ha presentado 3 mil querellas por graves violaciones a los derechos humanos en el contexto del estallido social, y sólo hay dos personas condenadas, agentes del Estado, y ni siquiera con penas privativas de libertad”.

Con respecto al caso de Jordano Santander, condenado por homicidio frustrado tras ser acusado de intentar atropellar a un funcionario de la PDI en San Antonio, Latorre detalló que la familia llevará el caso “a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ya que se agotaron las instancias judiciales en Chile. Estamos hablando de una persona que estuvo más de un año en prisión preventiva, junto con otras personas que al final fueron absueltas, y se le condena teniendo como única prueba el testimonio del policía que dice ‘yo vi en sus ojos el ánimo de atropellarme, de matarme’, siendo que ni siquiera lo atropella, no hay daño”.

“Aquí también se produce el contraste porque él fue detenido con torturas, y eso no lo digo yo, sino que hay una querella formal del INDH, los cinco chicos que fueron detenidos fueron golpeados brutalmente, y ahí no tenemos agentes del Estado ni siquiera con arresto domiciliario, entonces las preguntas a la Fiscalía son: ¿Qué pasa con las investigaciones en materia de violaciones a los derechos humanos? ¿Qué pasa con la impunidad? ¿Por qué en Chile se castiga con mucha mayor crudeza a personas que salen a protestar en el contexto de una revuelta popular?”, emplazó el senador.

Contexto excepcional

Latorre subrayó que “por eso decimos que el indulto es una medida excepcional para un momento excepcional, tiene que ver con una salida política, no es que estemos diciendo que siempre, en cualquier caso, hay que indultar. En ese sentido, hay antecedentes en la historia, en momentos constituyentes en Chile, de indultos a presos de la revuelta, incluso en el siglo 19, en 1828”.

Asimismo, recordó que “también hay antecedentes de salidas políticas a la prisión política en dictadura, en la transición a la democracia, con delitos mucho más graves, gente que puso bombas, que mató personas, y hubo una salida política y una amnistía, justamente para facilitar la transición hacia la democracia. Acá estamos en una transición hacia un nuevo contrato social, ese es el contexto del proyecto de indulto”.

Juicio ha tardado un año
Por su parte, el abogado Juan Carlos Manríquez, defensor de Sergio Jaramillo, uno de los imputados por incendiar el municipio de Quilpué y que ha estado un año en prisión preventiva, afirmó que “esto nada tiene que ver con presos de la revuelta o que se haya actuado por móviles políticos. Es un sujeto adulto canadiense-chileno, con trabajo y oficio, en visita a su familia de comerciantes, que cuenta con el apoyo de su embajada en Chile (que nos contactó ) acusado de ‘estar cerca de una ventana de la municipalidad’ con ‘algo que parece una hoja de papel y un encendedor’ (según la acusación de la Fiscalía) al lado contrario de un incendio desatado minutos antes, ¡y por eso le piden 20 años!”

El jurista hizo notar que su defendido “nunca usó capucha, ni ocultó su identidad”, y lamentó que “el juicio se ha postergado porque se ha infectado de covid en la cárcel, es diabético, su módulo ha estado en cuarentena tres veces; no lo conectan a las audiencias y el juicio se volvió a desplazar a octubre de 2021, con riesgo de seguir así. Ha instado por una defensa activa, niega causar incendio o cooperar a expandirlo, y el estar preso por casi dos años sin que el Estado asegure que su derecho a un juicio pronto en un plazo razonable es posible, ni menos pueda asegurar la no reinfección en el penal, hacen del todo razonable que espere el juicio en arresto domiciliario total más arraigo”.

Violan la constitución

Manríquez recordó que “la CIDH, la fiscalía de la Corte Suprema, el Tribunal Constitucional y tres recientes fallos de amparo en la Corte Suprema (dos obtenidos por nosotros) han dicho expresamente que en estas condiciones se violan los artículos 5 y 19 de la Constitución, la Convención Americana de DD.HH. y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Varias Cortes de Apelaciones del país han acogido la línea y la Corte de Apelaciones de Santiago ha esclarecido que el artículo 140 inciso 3 del Código Procesal Penal tiene solo ‘guías’ para el juez, no imposiciones, para valorar el ‘peligro teórico’ caso a caso, si no, en Chile habría delitos inexcarcelables”.

“Entonces, cuando la Fiscalía Regional, usando el poder del Estado, dice que en este caso hay delincuentes presos, cuando aún no se ha hecho el juicio ni hay condena, viola el debido proceso, afecta la igualdad de armas e intenta introducir un contexto político ajeno para intimidar a los jueces o causarles temor de verse expuestos a la crítica, y eso es muy reprochable cuando la ley exige que la Fiscalía actúe con objetividad”, cerró el abogado.


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