Nuevo fallo sobre contaminación en Quintero y Puchuncaví despierta críticas sobre inacción del Estado

El Desconcierto, 12 de junio 2021

El caso por los varamientos de carbón en la zona de Ventanas va a la Corte Suprema luego de que las empresas y el ministerio de Medio Ambiente (MMA) apelaran a la resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que ordenaba detener la descarga de carbón en la bahía. Abogadas denuncian que, a más de dos años de otro fallo de la Corte Suprema por las intoxicaciones masivas en Quintero y Puchuncaví, no hay avances sustanciales.

“La inacción de los órganos públicos dependientes del Ejecutivo ha implicado desatender la integridad física y psíquica de los vecinos de las comunas de Quintero y Puchuncaví, así como su bienestar”, advertía en 2019 el fallo de la Corte Suprema sobre las intoxicaciones masivas ocurridas en la zona, y nombraba al ministerio de Medio Ambiente, el Ministerio de Salud, la Seremi de Salud en Valparaíso y la ONEMI. A más de dos años del fallo, comunidades y abogadas denuncian poco avance en las medidas que solicitó la Corte.

Hoy, el caso por los recurrentes varamientos de carbón en la bahía de Quintero también va a la Corte Suprema, luego de que Aes Gener, Puerto Ventanas y el MMA apelaran al fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. La resolución asigna responsabilidad a las empresas por el vertimiento de carbón, y al ministerio por su omisión “al no dar cumplimiento en forma oportuna y de manera eficaz a sus deberes legales, afectando con todo ello el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.

Para abogadas de la Defensoría Ambiental, que trabajaron en los dos casos, “ambos fallos dan cuenta de la omisión y falta de diligencia de los órganos del Estado encargados de reestablecer los derechos vulnerados en Puchuncaví y Quintero. Tanto es así, que las comunidades han tenido que acudir por décadas a rogar por justicia, que sólo los últimos diez años ha encontrado resonancia en los tribunales, pese a no concretarse cambios sustanciales en la realidad de la zona”.

En lo que va del año, se han recogido al menos 12 toneladas de carbón en la playa de Ventanas y comunidades denuncian recurrentes episodios de contaminación en el aire, para lo cual la Superintendencia de Medio Ambiente anunció en mayo una fiscalización. Un estudio de la Armada, en el cual se basó la Corte de Apelaciones en su fallo, relaciona el fenómeno de los varamientos con Aes Gener.

El ministerio y la contaminación

Según la apelación del MMA, los hechos de la sentencia son producto únicamente de deficiencias operacionales de las empresas que resulten responsables, “sin caberle responsabilidad alguna a este Ministerio en el marco de la ejecución de sus competencias”. La apelación despertó críticas de organizaciones, autoridades y habitantes de la zona.

“Me parece una vergüenza que el MMA y las empresas apelen al fallo contundente de la Corte de Apelaciones. En vez de ir a defenderse frente a la justicia, el ministerio debería tener una actitud proactiva de cómo garantiza que no existan más varamientos de carbón en la playa de Ventanas y en el fondo marino, y de cómo garantizamos un cierre próximo de las termoeléctricas a carbón y el fin de las zonas de sacrificio. Esa es la cuestión de fondo y la responsabilidad del MMA”, reclama el senador Juan Ignacio Latorre, quien presentó el recurso de protección junto a vecinas y vecinos afectados.

Marta Aravena, vecina y activista ambiental de la zona, e integrante del recurso presentado por el senador, se suma a la crítica: “Es más penoso aún que el ministerio quiera limpiarse de culpa y desligarse de sus responsabilidades. Están justamente para preocuparse de los ecosistemas y de la salud de quienes vivimos en ellos. El ministerio sí tiene competencias en la elaboración de normas, muchas de las cuales deberían haber existido en todos estos años para realmente protegernos. También están llamados a cumplir el fallo de la Corte Suprema que hasta el día de hoy no tiene ni la mitad de sus medidas cumplidas”.

El fallo del tribunal porteño ordena suspender la entrada de naves que transporten carbón en la bahía, así como la descarga de carbón en el muelle de Puerto Ventanas S.A, emplazando a la Autoridad Marítima junto con el MMA a colaborar para que se cumplan las medidas. Para Hernán Ramírez, vecino del sector e investigador de la fundación Terram, el punto preocupante es que los encargados de tomar las medidas sean “las autoridades que han mostrado su inefectividad en reducir los varamientos que vienen sucediendo y denunciando desde el 2009”.

El lento acceso a la justicia ambiental

Hace más de dos años, vecinas y vecinos del sector recibieron con esperanza el fallo de la Corte Suprema que ordenaba medidas concretas para determinar los contaminantes que afectan la salud de la población y reducir sus emisiones. Pero esa esperanza se ha perdido con el tiempo.

“A pesar de la claridad y contundencia del contenido de la sentencia que establece de manera concreta un número acotado de medidas que debe cumplir el Estado, no hay avances significativos sino una serie de medidas que declaran ir en dirección de cumplir la sentencia, pero que para las comunidades no cumple ningún objetivo ya que las condiciones siguen igual”, señala Alejandra Donoso, abogada de Defensoría Ambiental.

Las abogadas del caso denuncian demoras y dificultades de acceso a la información para conocer el estado de avance de las medidas, a pesar de que se exigía la elaboración de una página web para su seguimiento. Señalan que a la fecha no hay un diagnóstico integral de los niveles de algunos contaminantes – muchos de los cuales todavía no cuentan con normativa – ni tampoco respecto a la salud de la población, mientras que las mediciones de contaminantes de las industrias siguen siendo informadas de forma irregular y tardía.

“El Estado persiste en la reacción tardía frente a la contaminación, elaborando instrumentos y medidas ineficientes y no acordes a la urgencia de una zona que sufre la contaminación acumulativa y sinérgica provocada por el Complejo Industrial Ventanas. Las normas de calidad y emisión dependen de decisiones políticas y ha habido una falta de voluntad política, así como una irresponsabilidad brutal de empresas públicas como Codelco y Enap, que jamás han sido evaluadas ambientalmente y que operan en condiciones inaceptables en términos ambientales”, denuncian.

Responsabilidad por la contaminación en las playas

El recurso de protección por los varamientos de carbón define las medidas necesarias para restablecer los derechos vulnerados, pero no establece responsabilidades por la contaminación de las aguas. Esto último buscaba una demanda civil presentada por sindicatos de pescadores artesanales y otros vecinos, contra Aes Gener. Los demandantes desistieron de la acción en el 2019 tras firmar con la empresa un polémico acuerdo que ha sido denominado incluso como un “acuerdo mordaza”.

Una de las organizaciones que denunció el acuerdo fue Greenpeace, quienes accedieron a una versión no confirmada del texto del acuerdo. Pero dicho texto contenía cláusulas en que, por una suma acotada de dinero (no más de $4 millones en 5 años), los pescadores desistían no solo de la demanda sino de recibir cualquier indemnización por daños futuros y no solo afectando a los firmantes sino a sus familiares, socios y amigos.

“Esta cláusula es abusiva e ilegal. Pretende una extensión de la impunidad con la cual actúa la empresa condonando el dolo futuro. Su objeto sobre todo es amedrentar e inhibir a las personas de perseguir justicia porque su ilegalidad se reconocería seguramente si alguno de ellos demandara”, analiza Josefina Correa, directora política de Greenpeace.

Los pescadores, que han visto mermada su actividad desde el inicio de los episodios de contaminación, firmaron el acuerdo y muchos de ellos lo defienden ante cuestionamientos, ya que en su sentir fue un acuerdo beneficioso para la comunidad y una forma válida de resolver el caso. El abogado de los pescadores y ex presidente regional del Partido Socialista, Cesar Barra, afirmó en medios locales que el acuerdo no tendría implicancias a la reparación ambiental que se le pueda perseguir a la empresa. Serán los tribunales quienes, en caso de demandas futuras, decidirán si se considera que los firmantes ya recibieron suficiente indemnización a partir del acuerdo.

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