Corte acoge recursos y ordena frenar ingreso de carbón a bahía de Quintero

El Mercurio de Valparaíso, 5 de junio 2021

CONTAMINACIÓN. Fallos fueron unánimes y consideraron estudio de la UNAB. AES Gener y Puerto Ventanas estudian el contundente documento.

Por unanimidad, la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió los recursos de protección presentados por el senador Ignacio Latorre (RD) y Francisco Chahuán (RN) contra la empresa AES Gener S.A. y Puerto Ventanas S.A., por los sucesivos varamientos de carbón ocurridos en la playa de Ventanas, en Puchuncaví.

La resolución marca un precedente en materia medioambiental y resguardo a las salud de las personas, al establecer la acción de varamiento como “un acto ilegal”, por lo que el tribunal de alzada determina frenar el ingreso de embarcaciones y carga de carbón a la bahía de Quintero, aplicando una serie de medidas que competen a los privados, a la autoridad marítima y la Seremi del Medio Ambiente.

Ambas resoluciones, de 58 y 68 páginas, respectivamente, dan cuenta que los varamientos de carbón son hechos sucesivos que afectan al medioambiente marino y litoral, áreas que son protegidas jurídicamente. Por tanto, se establece responsabilidad de las empresas sin tomar en consideración el aporte de carbón que realice cada una de estas.

Las resoluciones establecen una serie de medidas para resguardar el lugar, siendo las más relevantes suspender “la entrada a la bahía de Quintero de cualquier nave o artefacto naval que transporte carbón y la descarga de carbón en el muelle de Puerto Ventanas S.A.” y suspender “la descarga de afluentes a las aguas de la bahía de Quintero”.

Para que esto sea efectivo, “dicha suspensión regirá desde la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia, a partir de la cual la Autoridad Marítima, en coordinación con los demás organismos de la Administración del Estado que corresponda, proceder a determinar las condiciones en las cuales se podrán reanudar las actividades suspendidas”.

Además, las empresas “continuarán desarrollando las labores de limpieza de la playa Ventanas para extraer de sus arenas las partículas de carbón y otros materiales que arrojen los vertimientos” y corresponderá a “la Autoridad Marítima (…) fiscalizar el cumplimiento de las medidas””.

En la resolución se suma que “el Ministerio del Medio Ambiente convendrá con la Autoridad Marítima la forma de colaboración que resulte conveniente para el mejor cumplimiento”.

Estudios y datos claves
En ambas resoluciones, los magistrados rechazaron los argumentos de las empresas y, en su totalidad, tomaron en consideración los datos vertidos por el recurrente, siendo clave el estudio de la Universidad Andrés Bello (UNAB), mandatado por la Armada, en el marco del sumario por varamientos de carbón en la zona, que da cuenta de carbón.

Se sumó, también, el estudio de la Universidad de Concepción. Ambos análisis dan cuenta que los varamientos no son históricos ni se encuentran en el sedimento marino y la opinión del fiscal marítimo que también investiga la causa desde la arista administrativa.

Es más, una de las resoluciones establece que “las fuentes antropogénicas potenciales corresponderían a las faenas de descarga de los buques que transportan carbón (todo el carbón que ingresa a la zona lo hace por las instalaciones de Puerto Ventanas) y/o a las pilas de acopio de carbón en las instalaciones industriales que lo utilizan como combustible (actualmente Termoeléctrica Ventanas de AES Gener S.A.)”.

Reacciones
Uno de los abogados recurrentes, Christian Lucero, precisó que “fue determinante el estudio que encargó la Armada de Chile y que llegó el 9 de abril del 2021, elaborado por la Universidad Andrés Bello, que da cuenta de forma fehaciente que el lugar de mayor de concentración de carbón en el fondo marino es entre el Muelle Ventanas y los ductos de descarga de AES Gener”.

El senador Latorre aseveró que “es un fallo histórico que le da la razón a las múltiples organizaciones socioambientales que vienen luchando y resistiendo en contra de una zona de sacrificio como es Quintero y Puchuncaví y por la omisión e indolencia por parte de los organismos estatales, particularmente del Ministerio del Medio Ambiente”.

Mientras, el senador Chahuán manifestó que la acción presentada junto al alcalde electo de Puchuncaví, Marcos Morales, fue para “evitar la contaminación a través de los varamientos de carbón en la bahía de Ventanas. Hemos logrado prohibir el ingreso de cualquier embarcación (…) con carbón”.

El alcalde electo de Puchuncaví, Marcos Morales, dijo que esto “pone a Puchuncaví y a su comunidad en un pie de desarrollo sustentable y sostenible en el tiempo, donde las empresas deben estar a la altura de la demanda de lo que requiere Puchuncaví, dado el desgaste y el castigo medioambiental durante tantos años”.

Empresas

Las empresas fueron consultadas y respondieron que están estudiando la situación. Puerto Ventanas aclaró que “estamos analizando la resolución de la Corte de Apelaciones para definir las acciones a seguir”.

Mientras, desde AES Gener manifestaron que la empresa “se encuentra analizando los alcances de los fallos, (…) pero sin lugar a dudas apelará a la Corte Suprema en el plazo establecido”, agregando que “la empresa seguirá disponible para ampliar los antecedentes presentados y reitera que sus unidades continuarán operando en cumplimiento de las normas correspondientes”.


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