Parlamentarios respaldan denuncia en contra del Presidente Piñera ante la CPI: “Se deben perseguir las responsabilidades penales”

El Mostrador, 30 de abril 2021

El senador RD Juan Ignacio Latorre y las diputadas PC Carmen Hertz y Karol Cariola valoraron la acusación presentada por la Comisión Chilena de Derechos Humanos y el exjuez Baltazar Garzón ante la Corte Penal Internacional contra el Mandatario y otras autoridades políticas y policiales, “por su participación en la comisión de Crímenes de Lesa Humanidad” desde el estallido social hasta la fecha.

Este jueves se conoció que la Comisión Chilena de Derechos Humanos y el exjuez Baltazar Garzón presentaron una denuncia contra el Presidente Sebastián Piñera y otras autoridades políticas y policiales, “por su participación en la comisión de Crímenes de Lesa Humanidad” desde el estallido social hasta la fecha.

“Hemos decidido recurrir a la Corte Penal Internacional porque las víctimas, sus familiares, la sociedad chilena en su conjunto y toda la Humanidad, tienen el derecho y el deber de hacerlo, cuando los órganos y poderes del Estado chileno, han incumplido su obligación de investigar, juzgar y sancionar a los responsables”, señala la declaración del presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, Carlos Margotta Trincado, la Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR) y el Centro di ricerca ed elaborazione per la democrazia (CRED), representado por Fabio Marcelli y la Asociación Americana de Juristas (AAJ), representada por Vanessa Ramos.

A raíz de esto, diversos parlamentarios reaccionaron a la denuncia presentada ante el tribunal internacional. Uno de ellos fue el senador RD Juan Ignacio Latorre, quien afirmó que “durante el gobierno de Piñera se han cometido las más graves violaciones a los derechos humanos en Chile, desde el retorno a la democracia. Y con un Presidente que le declaró la guerra a su pueblo, que envió a reprimir las manifestaciones sociales, el estallido social de octubre de 2019, sin duda alguna que tendrá que responder frente a los tribunales de justicia a nivel nacional e internacional”.

“Y esa responsabilidad penal se puede perseguir incluso más allá del término de su mandato democrático”, añadió.

“Me parece que en una democracia, por la propia salud de ésta, se deben perseguir las responsabilidades penales y políticas de quienes son responsables de graves violaciones a los derechos humanos”, cerró.

La diputada PC Carmen Hertz agregó que “resulta una gran noticia para el conjunto de la sociedad chilena que un jurista de la talla de Baltasar Garzón, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, la Asociación Americana de Juristas y la Centro di ricerca ed elaborazione per la democrazia (CRED) Italiana, hayan pedido a la fiscal de la Corte Penal Internacional una investigación sobre los crímenes cometidos en Chile de manera grave, generalizada y sistemática que constituyen crímenes de lesa humanidad y no delitos comunes”.

“En ese escrito se fundamenta que más de la mitad de las denuncias por las violaciones a los derechos fundamentales de las personas ocurridas a partir del 18 de octubre fueron cerradas, es decir en esta situación el Estado de Chile no investiga, no sanciona, por tanto, las graves violaciones a los derechos humanos y no repara de manera integral a las víctimas. Esta impunidad es la que se espera termine con la presentación ante la Corte Penal Internacional, ya que las máximas autoridades civiles y políticas de este país sí tienen responsabilidad penal internacional”, añadió.

Otra PC, Karol Cariola, tuiteó: “La justicia se abre camino. Arrancarle los ojos al pueblo y declararle la guerra, no puede quedar impune. Piñera tendrá que responder por las violaciones a los DDHH y si no es en Chile, será ante el mundo en la Corte Penal Internacional”.

Detalles del escrito

En el escrito –que puede leer en el siguiente link– pide que se “inicie una investigación, formule acusación y requiera el inicio de un juicio conforme al Estatuto y Reglamentos de la Corte Penal Internacional por la responsabilidad que le cabe al Presidente de la República de Chile y demás autoridades civiles, políticas y policiales que se mencionarán y por los actos que se denuncian, ejecutados en el contexto de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque, ocurridos simultáneamente en todo el territorio nacional de la República de Chile, desde el 6 de octubre de 2019 y hasta el día de hoy, los cuales consideramos constitutivos de Crímenes de Lesa Humanidad”.

“Cabe tener presente que los hechos ilícitos mencionados, previstos y sancionados por el artículo 7º del Estatuto de Roma, ratificado por el Estado Chileno el 29 de junio del año 2009, son fraudulentamente calificados e investigados en Chile como delitos comunes, con el deliberado propósito en primer lugar, de sustraerlos de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y en segundo lugar, para preparar las condiciones que permitirían favorecer su posterior impunidad con la eventual aplicación de las reglas de la prescripción, o mediante la aplicación de posibles indultos, amnistías o leyes de punto final. Además, los organismos del Estado encargados de investigar y juzgar, como lo son el Ministerio Público y el Poder Judicial, han tenido una demora injustificada en la sustanciación de estos procesos y sus actuaciones no revisten la necesaria independencia e imparcialidad y el debido respeto por el principio de Igualdad ante la Ley. Todo ello hace procedente y necesario el ejercicio de la jurisdicción complementaria de la Corte Penal Internacional”, añaden.

Tras presentar antecedentes, como los casos de lesiones por trauma ocular o por efectos de gases lacrimógenos, en el texto, de 141 páginas, se indica que “dado todo lo expuesto, la Corte Penal Internacional puede conocer hechos constitutivos de alguno de los crímenes a que se refiere el artículo 5 del Estatuto de Roma, cuando los tribunales nacionales no ejerzan debidamente su competencia, como es el caso presente respecto de todos los hechos acá descritos”.

“Esto implica, no sólo el arribo a sentencias, sino que las investigaciones den cuenta de la magnitud de los hechos, que se sigan contra todos los involucrados y responsables, y que se aplique toda la normativa que se encuentre vigente. Porque precisamente, en aquellos casos en que el Estado no quiera o no pueda investigar o procesar, o lo haga de manera insuficiente, las normas de complementariedad, tanto del propio Estatuto como de la jurisdicción propia, habilitan a la Corte Penal Internacional a ejercer su jurisdicción. La necesaria consecuencia de lo anterior es que la actuación de la justicia no puede quedar sometida a las limitaciones temporales y fácticas que puedan operar en los distintos Estados, reconociéndose entonces la complementariedad del Estatuto y de la Corte respecto de la actividad jurisdiccional de los respectivos países”, explican.

En una alocución de este pasado jueves, los firmantes señalaron que “los homicidios, la tortura, la tortura sexual, los traumas oculares, mutilaciones y pérdidas de visión, las lesiones graves, las detenciones arbitrarias, cometidas por agentes estatales en contra de miles de habitantes de nuestro país, en el marco de la aplicación de una política de violaciones masivas, graves y sistemáticas de los derechos humanos, muchas de ellas constitutivas de Crímenes de Lesa Humanidad, no pueden quedar en la impunidad, según lo establece la normativa internacional de los derechos humanos vigente en Chile, como el Estatuto de Roma, que fuera ratificado por el Estado de Chile, el 29 de junio del año 2009”.

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